Define la inspección del sector de textiles, concretamente de los siguientes productos:
Aplica al etiquetado de calzado nuevo y sus partes (talón o sudadera, forro, empeine, tacón, tapa, plantilla, entreplantilla y suela, entre otros). Entendiéndose cada una de las partes del calzado, de conformidad con el artículo 3 del citado Decreto Ejecutivo Nº 37885-MEIC-COMEX, de la siguiente manera:
Define la inspección del sector de juguetes, concretamente de los siguientes productos:
Define la inspección del sector comercio, concretamente de los siguientes productos: